Acuerdo del Ejecutivo del Estado, por el que Establece como Segundo Periodo de Vacaciones Correspondiente al Año Dos Mil Diecinueve, para los Trabajadores de la Administración Pública Centralizada

ACUERDO del Ejecutivo del Estado, por el que establece como segundo periodo de vacaciones correspondiente al año dos mil diecinueve, para los trabajadores de la Administración Pública Centralizada, el comprendido del veinte de diciembre de dos mil diecinueve al seis de enero de dos mil veinte.

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